Hemeroteca :: 01/01/2008
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Última actualización 01/01/2008@00:00:00 GMT+1
EL nuevo Plan General Contable 2008 viene a adaptar las normas del Plan General de 1990 a las necesidades actuales de las empresas. Leandro Cañibano, Presidente de la Asociación Española de Contabilidad y Administración de Empresas (AECA), aclara los aspectos novedosos que trae consigo el nuevo plan y las dudas que éste puede provocar.
— ¿Cuál es la filosofía general del nuevo Plan y los objetivos que pretende conseguir?
- La filosofía inspiradora del nuevo Plan General de Contabilidad es la que da título a la reciente Ley 16/2007, de 4 de julio, de reforma y adaptación de la legislación mercantil, la armonización contable internacional, tomando como base la normativa de la Unión Europea, que no es otra que las Normas Internacionales de Contabilidad o Normas Internacionales de Información Financiera (NIC/NIIF).

— ¿Cuáles son las principales diferencias entre el nuevo Plan General Contable y el Plan General de Contabilidad de 1990?
- Las principales diferencias entre el PGC 1990 y el nuevo PGC 2008 afectan a diversos aspectos.

Al marco conceptual, en el que tras ponerse de manifiesto que en la contabilización de las operaciones se atenderá a su realidad económica y no sólo a su forma jurídica, se describen las características cualitativas de la información financiera, los principios o hipótesis fundamentales que deben regir la elaboración de los estados financieros, así como una definición de los elementos del balance (activos, pasivos y patrimonio neto) y de la cuenta de pérdidas y ganancias (ingresos y gastos), y los criterios de registro y valoración que deben regir su reconocimiento contable.

El valor razonable se incorpora como nuevo criterio de valoración de los instrumentos financieros y, eventualmente, cuando se disponga por vía reglamentaria, de otros elementos patrimoniales, siempre que los Reglamentos de la Unión Europea asuman este criterio con carácter único. Dicho «valor razonable» es el importe por el que podría ser intercambiado un activo o liquidado un pasivo entre partes interesadas y debidamente informadas, en una transacción realizada en condiciones de independencia mutua. Este valor puede obtenerse recurriendo a un valor de mercado fiable o, cuando no sea posible, aplicando modelos y técnicas de valoración.

— ¿Alguna otra diferencia?
- Sí, otro aspecto a destacar es que las cuentas anuales comprenderán dos documentos adicionales aparte de los tres vigentes (balance, cuenta de pérdidas y ganancias y memoria). Los nuevos documentos son: el «estado de cambios en el patrimonio neto» y el «estado de flujos de efectivo». Para todos ellos se han diseñado nuevos formatos, acordes con los nuevos criterios del PGC 2008. Otra de las novedades se ha producido en las partidas específicas, para acomodar el reconocimiento y valoración de las mismas a los vigentes criterios internacionales. Sirvan como ejemplo la realización de una prueba de deterioro del valor de los elementos del inmovilizado material y del intangible, la contabilización del arrendamiento financiero, la contabilización del impuesto sobre beneficios, de los instrumentos financieros, de las combinaciones de negocios (fusiones, escisiones, participaciones de control, ...), la eliminación del método LIFO en la valoración de las Existencias, entre otros.

— ¿Por qué el Instituto de Contabilidad y Auditoria de Cuentas (ICAC) ha realizado este nuevo Plan General Contable?
- Por mandato de la Ley 16/2007 de reforma y adaptación de la legislación mercantil antes mencionada, ya que ésta mediante su Disposición final primera habilita al Gobierno para que, mediante Real Decreto apruebe el Plan General de Contabilidad, sus modificaciones y normas complementarias. Al ser el ICAC el órgano técnico de la Administración especializado en materia contable, compete a dicho organismo la redacción de los textos que, finalmente, deberán ser sometidos a la aprobación del Gobierno de la Nación por el Ministro de Economía y Hacienda.


Ventajas
y desventajas

— ¿Por qué es necesario equiparar el sistema contable español al internacional?
- La economía española se encuentra inserta en la de la Unión Europea. Para propiciar una mayor fluidez de las transacciones e intercambios se implantó el euro y ahora se desea dar un paso más, armonizando los criterios para hacer las cuentas, o sea, para calcular las cifras de beneficios y de patrimonio de las empresas. No sería lógico caminar hacia un mercado único sin armonizar el lenguaje y el cálculo de las magnitudes contables.

— ¿Tiene alguna ventaja para los empresarios este nuevo Plan?
- Hoy ya nadie se pregunta por las ventajas que trajo consigo el Plan General Contable de 1990, porque estamos acostumbrados a ellas, pero fueron diversas: modelos únicos para la presentación de las cuentas de las empresas, acceso libre a las mismas, criterios contables uniformes, adopción por la fiscalidad de los criterios contables del Plan General Contable... Desde la implantación de aquél, han surgido numerosas operaciones financieras, nuevas formas de hacer comercio y diferentes estrategias empresariales. La información contable que necesita la empresa de hoy no puede seguir apoyándose en las normas de hace más de quince años.

— ¿Qué desventajas tendrá y qué problemas conllevará?
- Los problemas inherentes a la implantación de cualquier nuevo sistema. Hoy en día, el sistema contable se encuentra integrado con los restantes sistemas de la empresa: aprovisionamientos, facturación, existencias o personal, por lo que un cambio en alguno de ellos afecta al sistema en su conjunto. Ahora bien, lo que en un principio origina problemas y costes, no tardando mucho puede convertirse en una herramienta para la gestión de mayor utilidad que la que se venía utilizando hasta ahora.

— ¿Cómo van a notar las pymes el nuevo Plan General Contable? ¿En qué aspectos concretos les va a afectar?
- Las pymes han sido objeto de especial consideración en la reforma contable. El propio Congreso aprobó la inclusión en el texto de la Ley antedicha de una enmienda parlamentaria, mediante la que se obliga al Gobierno a aprobar de forma simultánea al Plan General Contable, y como norma complementaria a éste, el Plan General Contable de pymes, junto con unas disposiciones específicas para las empresas de muy reducida dimensión. Con ello se quiere presentar un texto de Plan General Contable adaptado a las operaciones más comunes de las pymes sin perjuicio de que si una de éstas realizara operaciones no contempladas en dicho Plan, pero sí en el Plan General Contable de índole general, entonces debería estar a lo dispuesto en este último.

— ¿De qué forma los empresarios tendrán que adaptar su contabilidad?
- Si tenemos en cuenta lo dispuesto en el Real Decreto, mediante el que se aprueba el Plan General Contable y cuyo borrador se encuentra disponible a esta fecha en la web del ICAC (www.icac.meh.es), se especifica que, partiendo del balance cerrado a 31 de diciembre de este año, se adaptarán los valores de los activos y pasivos a los criterios dispuestos en el nuevo Plan General Contable, ajustando contra reservas los cambios de valor que se produzcan, llegando con ello al balance a 1 de enero de 2008, que constituirá el nuevo punto de partida.

— ¿Qué diferencias de aplicación tendrá el nuevo Plan General Contable en España comparándolo con otros países de la Unión Europea?
- Las sociedades cotizadas en bolsas de la Unión Europea tienen obligación de aplicar las «Normas Internacionales de Contabilidad» (NIC) en sus cuentas consolidadas, esto es, en las relativas a los grupos de sociedades, mientras que en el ámbito interno de cada país son sus propias autoridades las que tienen reservada la capacidad legal para establecer las normas contables aplicables a las sociedades no cotizadas. No obstante, dado el influjo de las NIC, existe una amplia tendencia hacia la directa aplicación de las NIC o hacia la aproximación de las normas contables nacionales a las NIC. Esto es lo que se ha hecho en España: permitir la aplicación de las NIC para las cuentas consolidadas de las sociedades no cotizadas y adaptar nuestra normativa nacional a los criterios emanados de las NIC.

Entender el nuevo Plan General Contable
En la página web del Instituto de Contabilidad y Auditoria de Cuentas (ICAC), www.icac.meh.es, ya se pueden consultar los Borradores del Plan General Contable y del Plan General Contable para Pymes, así como sus respectivos proyectos de ley. Esta reforma contable entrará en vigor el 1 de enero del 2008 y viene a renovar el anterior Plan General Contable, de 1990. Esta innovación tiene como objetivo equiparar el sistema contable español al internacional, propiciando una mayor fluidez de las transacciones entre los diversos países. Con el objetivo de clarificar las dudas respecto a las novedades que plantea el nuevo Plan General Contable 2008 y a cómo éstas se pueden adaptar a las pequeñas y medianas empresas, diversas asociaciones realizan cursos y seminarios con este fin.

Principales novedades para 2008
l Marco conceptual. En el nuevo Plan General Contable 2008 se ponen de manifiesto que la contabilización de las operaciones atenderá a su realidad económica, además de a la jurídica. Además, el documento explica las características que debe tener la información financiera, los principios a seguir para elaborar los documentos financieros de las empresas y diversas definiciones de los documentos a presentar.

l Valor razonable. Se incorpora este nuevo criterio para valorar los instrumentos financieros. Es el importe por el cual se podría cambiar un activo o liquidado pasivo en una transacción realizada entre dos partes en condiciones de independencia mutua. Se calcula recurriendo a un valor de mercado fiable.

l Cuentas anuales. Existen tres documentos vigentes: el balance, la cuenta de pérdidas y ganancias, y la memoria. A estos se les unen dos nuevos documentos: el «estado de cambios en el patrimonio neto» y el «estado de flujos de efectivo».

l Partidas específicas. Se han elaborado para adecuar la valoración de las mismas a los criterios internacionales vigentes en la actualidad. Ejemplo de ello es la realización de una prueba de deterioro del valor de los elementos del inmovilizado material y del intangible.
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